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lunes, 18 de febrero de 2008

Decreto de extinción de la Parroquia de Belén

Debido a distintas circunstancias pastorales, desde el año dos mil dos las funciones parroquiales de la de Ntra. Sra. de Belén, de la Ciudad de Sevilla, fueron encomendadas a las parroquias circundantes, celebrándose tan sólo una única misa dominical atendida por los padres jesuitas. Con fecha de uno de agosto de dos mil seis, después de los correspondientes informes técnicos y dado el estado de deterioro de las techumbres, se procedió al cierre del templo parroquial.
Por ello, después de oír al Consejo presbiteral, y en uso de las facultades que me otorga el ordenamiento canónico, vengo a decidir y decido:

a) extinguir la Parroquia de Ntra. Sra. de Belén, de Sevilla (c. 512§2 CIC);
b) reducir a uso profano no sórdido el templo parroquial (c. 1222§2 CIC)
c) y, hasta tanto no culmine el proceso de reformas de los límites parroquiales, adscribir a la Parroquia de Omnium Sanctorum, de Sevilla, la circunscripción territorial que correspondía a la extinta parroquia así como los bienes muebles y enseres litúrgicos que correspondían a la misma.

Dese traslado del presente Decreto al Párroco Omnium Sanctorum, al Vicario Episcopal de Sevilla I, al Arcipreste a cuyo arciprestazgo está incorporada la Parroquia, así como a la Conferencia Episcopal Española y al Ministerio de Justicia para que conste y surta los efectos oportunos. Publíquese, asimismo, en el Boletín Oficial de la Archidiócesis de Sevilla.

Dado en Sevilla, firmado de nuestra propia mano, sellado y refrendado por nuestro infrascrito Secretario General y Canciller, a 10 de mayo de dos mil siete.

+ Carlos Amigo Vallejo
Cardenal Arzobispo de Sevilla

Doy fe
Carlos M. González Santillana
Secretario General y Canciller
Prot. Nº 1183/07